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La CNMC valora positivamente que el Ministerio de Transportes inicie el proceso de liberalización de los servicios ferroviarios de Cercanías, Media Distancia y Ancho Métrico
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Transporte
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  • Cerca de 500 millones de viajeros han utilizado en 2023 los servicios públicos que de momento solo presta Renfe Viajeros.
  • Tras la aprobación de la Orden Ministerial que ha analizado la CNMC, debería iniciarse la licitación de los primeros servicios públicos.
  • Para asegurar el éxito del proceso, las licitaciones deberían hacerse de manera paulatina. 

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) valora positivamente que por fin vaya a aprobarse la Orden ministerial que permitirá la puesta en marcha de la liberalización de los servicios ferroviarios de transporte de viajeros sujetos a obligaciones de servicio público (IPN/CNMC/014/24). 

La situación en España, en la que la totalidad de los servicios públicos se prestan en base a un contrato adjudicado a Renfe Viajeros sin licitación previa, contrasta con la de otros países europeos, como Alemania o Francia, donde ya se está apostando por la licitación de estos servicios.

Licitación de los servicios públicos

El contrato firmado entre el Ministerio de Transportes y Renfe Viajeros prevé la licitación competitiva de al menos un 3 % del valor del contrato, con tiempo suficiente para que los servicios se empiecen a prestar por el adjudicatario el 1 de enero de 2026. 

Esta primera licitación es una oportunidad para comprobar el interés de las empresas ferroviarias en prestar los servicios públicos y ganar experiencia en el diseño de las licitaciones, ya que se trata de procesos complejos (Resolución de 21 de julio de 2021). 

Proceso paulatino

La CNMC recomienda liberalizar los servicios públicos progresivamente, pues la licitación simultánea de todos ellos puede poner en riesgo el éxito del proceso. Debería publicarse, a la mayor brevedad posible, un calendario para dar transparencia al sector sobre el ritmo de la liberalización.

El Proyecto de Orden regula la licitación competitiva de los servicios públicos competencia de la Administración General del Estado. Sin embargo, el Reglamento 1370/2007, que establece la licitación obligatoria de los servicios públicos, salvo excepciones tasadas, resulta de aplicación también a las autoridades autonómicas. 

La CNMC considera que deberían adoptarse las medidas necesarias para que la regla general sea licitar los servicios (no adjudicarlos de forma directa) y garantizar que las condiciones sean homogéneas y competitivas en todos los procesos.

Funciones de la CNMC

Cuando las administraciones pretendan adjudicar de forma directa la prestación de un servicio público, la CNMC será la encargada de evaluar si la decisión está justificada de acuerdo con las Directrices de la Comisión Europea

La CNMC recomienda que se sometan a su consulta los pliegos de los concursos públicos. Estos deben contener toda la información necesaria para que las empresas participantes puedan presentar su oferta, neutralizando la ventaja competitiva del operador establecido. 

Contenido relacionado:

  • IPN/CNMC/014/24: P.O.M. sobre el régimen de las autorizaciones para prestar servicios ferroviarios de transporte de viajeros sujetos a obligaciones de servicio público
  • E/CNMC/004/19: Estudio sobre la liberalización del transporte de viajeros por ferrocarril

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