La Ley General de Telecomunicaciones (LGTel) en su artículo 69, confiere a la CNMC la competencia para exigir a los proveedores de servicios de acceso a internet y de servicios de comunicaciones interpersonales disponibles al público, la publicación de información completa, comparable, fiable, de fácil consulta y actualizada sobre la calidad de sus servicios.

La publicación de unos parámetros de calidad evaluables, fiables y relevantes para el consumidor resulta, sin duda, beneficiosa para la competencia, al permitir que los usuarios puedan tomar sus decisiones de compra con un mayor nivel de información. 

 

Marco normativo y documentación de desarrollo
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Informe de calidad de los servicios
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Servicios de comunicaciones electrónicas y parámetros a medir
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Tecnologías y ofertas comerciales relevantes a medir:
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Operadores con obligación de obtener y publicar niveles de calidad
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Información publicada por los operadores
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